El legislador radical Dario Berardi dijo que el proyecto de
ley que presentó y que busca establecer el pago obligatorio del adicional del
40 por ciento por “zona desfavorable” para los empleados dependientes de
Horizonte Compañía de Seguros Generales SA “viene a poner en plano de igualdad
a los trabajadores de esa empresa en relación a los empleados de otras firmas,
organismos y entidades autárquicas del Estado Provincial, a los que se les ha
reconocido el derecho a percibir el adicional por zona desfavorable”.
Berardi refirió que los empleados de la empresa
Horizonte “vienen reclamando en forma constante el adicional, por los canales
institucionales y por otros medios, sin lograr a la fecha una respuesta que los
ponga en plano de igualdad respecto de los demás empleados de la provincia de
Río Negro”.
Mencionó, entre otras instancias, una serie de presentaciones realizadas
por la planta de empleados y sus representantes gremiales: nota del 13 de mayo
del año 2014 firmada por el gremio y directivos al directorio de la empresa
reclamando mejoras salarias y 40 por ciento por zona desfavorable.
También, nota del 8 de octubre de 2014 firmada por el sindicato del
seguro, dirigida al presidente de la empresa solicitando fecha de audiencia
para tratar el pago por adicional zona desfavorable, misiva de junio del año
2014 de los empleados dirigida al presidente de la empresa reclamando por
beneficios perdidos, entre ellos la zona desfavorable, documento del Sindicato
de Seguros de la República Argentina del 17 de octubre de 2014 dirigida al gobernador
de la provincia, requiriendo la zona desfavorable y la nota del 3 noviembre de
2014 de los empleados de Horizonte dirigida a la Comisión del Parlamento
Patagónico.
Berardi describió que la iniciativa parlamentaria que impulsa dispone el
pago obligatorio del adicional por ubicación “zona desfavorable” para los
empleados dependientes de la empresa Horizonte Compañía de Seguros Generales
SA, que será del 40 por ciento del total de la asignación básica y tendrá
carácter remunerativo y no bonificable.
Explicó que se pretende estipular el mismo sistema de implementación
progresivo previsto en la Ley Provincial Nº 4778, previéndose que la empresa
Horizonte podrá determinar pautas y cronograma para la percepción progresiva
del referido adicional, teniendo en cuenta su disponibilidad financiera al
momento de la implementación, la que no podrá exceder de los 12 meses de su
entrada en vigencia.
Estimó que a esa fecha la totalidad de los trabajadores comprendidos en
la norma deberán alcanzar el porcentaje total de zona desfavorable.
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